2010/09/17

España: La CNMV supervisará a las agencias de rating

Ep - Madrid - 17/09/2010

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Salgado ha explicado que la iniciativa parte de la Unión Europea (UE) tras el cuestionado papel desempeñado por las agencias de rating en la crisis financiera.

"Después de la crisis financiera la UE ha visto la necesidad de completar la regulación de las agencias de calificación, claves para la estabilidad del sistema financiero porque evaluan la solvencia", ha explicado la vicepresidenta.

España traspone así el reglamento europeo 1060/2009, que determina las condiciones organizativas y operativas que deben cumplir las agencias, así como su régimen de registro y supervisión. La reforma incluye las condiciones que deben cumplir las agencias, el régimen sancionador y el régimen de colaboración entre supervisores.

Concretamente, el reglamento europeo contempla la creación de la Autoridad Europea del Mercado de Valores con competencias de supervisión sobre las agencias de calificación, aunque esta entidad delegará en los organismos supervisores nacionales algunas de sus funciones. La

CNMV ejercerá sus competencias de conformidad con lo que establezca la normativa de la Unión Europea y a partir de 2011 supervisará a estas entidades, pudiendo imponer sanciones "sin perjuicio de la capacidad de otras autoridades competentes de la Unión Europea para imponer sanciones de acuerdo al reglamento 10/2009".

El reglamento europeo establece en su artículo 36 que "los estados miembro determinarán el régimen de sanciones aplicable a las infracciones" y "adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar su aplicación". Asimismo, contempla que "las sanciones así establecidas serán efectivas, proporcionadas y disuasorias".

La CNMV también tendrá un registro de agencias de calificación crediticia establecidas en España y que hayan sido registradas de conformidad con lo dispuesto a dicho reglamento.

El Ministerio de Economía precisa que con la ley se pretende dotar de la máxima seguridad jurídica a las previsiones del reglamento europeo, al tiempo que se realizan los ajustes imprescindibles para facilitar la efectividad del futuro sistema supervisor europeo sobre las agencias una vez eche a andar la ESMA.

Fuente: 5 Días