Por este motivo, las aseguradoras británicas han enviado una carta al ministro de Economía del Reino Unido, Alistair Darling, en la que le piden que intervenga y frene el progreso de esa norma que, según ellos, "amenaza a la industria aseguradora europea, a los clientes y, en último término, pone en peligro la estabilidad financiera del continente". Curiosamente es todo lo contrario que, según la propia Unión Europea, se va a conseguir con la nueva legislación.
El incremento de las reservas que establece "Solvencia II", según el director general de la ABI, Stephen Haddrill, provocará que las entidades británicas se vean obligadas a acudir a sus inversores, o en su defecto al mercado de capitales, para obtener una financiación extraordinaria. Según sus cálculos, la demanda de financiación que van a necesitar las entidades equivale a la capitalización actual en Bolsa del conjunto del sector.
En la misiva al ministro británico, Haddrill se mostró pesimista y catastrofista "Esta sobre-capitalización disminuirá la rentabilidad del dinero invertido, obligará a algunas empresas a dejar ese mercado, hará que suban los precios y se reduzcan las coberturas".
Estas previsiones catastrofistas de la ABI son completamente contrarias a lo que esperan las autoridades aseguradoras europeas esperan de esta nueva legislación, ya que consideran que aportará, entre otras ventajas, una mayor oferta de productos de seguros, especialmente relacionados con el ahorro y la inversión, en la medida en que las compañías más eficaces dispondrán de más recursos para invertir en sus clientes, lo que sin duda redundará en beneficio de los consumidores. Sectorialmente, la Directiva fortalecerá al conjunto de la industria aseguradora porque produce grandes avances en materia de gobierno corporativo, control interno y, en su conjunto, todo el proceso de gestión de riesgos.
Y no es de extrañar esta actitud de una gran parte del seguro británico, ya que allí, el nivel de recursos de las compañías está muy ajustado a los requerimientos legales actuales -aunque las entidades cumplen en todos los mercados con los mínimos establecidos-, por lo que tiene que hacer un mayor esfuerzo para alcanzar las cotas bastante más elevadas que exige la nueva normativa. Por el contrario, en países como España, Dinamarca o Italia, el sector asegurador cuenta con un colchón de capital, ya que los niveles de las compañías están muy por encima de os mínimos requeridos actualmente, por lo que su esfuerzo inversor será mucho menor que el de sus colegas británicos.
La posición española respecto a la nueva ley, manifestada a través de la patronal Unespa, es en líneas generales favorable, ya que considera que además de armonizar y simplificar los controles a los que están sometidas las aseguradoras en la UE, introduce cambios en el método de cálculo de los fondos que las aseguradoras deben tener para cubrir sus riesgos, teniendo en cuenta factores como la diversificación de su negocio y su distribución geográfica.
Otra de las ventajas que ve la patronal española en la nueva norma es que perfecciona los procedimientos de control de riesgos del seguro, que ya han demostrado su eficacia frente a la crisis financiera, y permite, por tanto, una mejor gestión para la industria aseguradora y más protección para los asegurados, en la medida en que el principal objetivo de la supervisión es la protección de los mismos.
La nueva norma presenta con respecto a Solvencia I, que es su antecesora, una importante novedad y es que establece un margen de solvencia diferente que será dinámico, en vez de un porcentaje fijo como es el actual, y premiará a las compañías que mejor gestionen sus riesgos. Esta cuestión, según Unespa, es especialmente interesante para el mercado español, que en su conjunto tiene ya una gestión de riesgos altamente eficaz. De hecho, en la actualidad, el margen de solvencia es más de dos veces superior al que establece la actual legislación.
Lo dicho, nunca llueve a gusto de todos.